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Se cumple el segundo aniversario del famoso 1-O, (1 de octubre) fecha en la que los dirigentes catalanes decidieron saltarse la ley y llevar a cabo una consulta inconstitucional... Por Eduardo López García de Jaime
Se cumple el segundo aniversario del famoso 1-O, (1 de octubre) fecha en la que los dirigentes catalanes decidieron saltarse la ley y llevar a cabo una consulta inconstitucional, con la idea de posicionarse como víctimas de Estado español ante el mundo, usando los medios nacionales y sobre todo internacionales como el perfecto altavoz. El objetivo no era otro que echar un pulso al Estado español con el fin generar una división y conflicto entre los catalanes, de modo que se iniciase la secesión o desconexión de una de las regiones más importantes e históricas del reino de España. Cabe recordar que comportamientos como los que se dieron por parte de algunos dirigentes y altos cargos de la administración, están tipificados como delito de sedición. La sedición se regula en el artículo 544 y siguientes del Código Penal, y castiga con penas de hasta 15 años de cárcel a quienes “se alcen pública y tumultuariamente” para “impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes”, o lo que es lo mismo: un golpe de Estado en toda regla.
Golpe Estado:
Se entiende como tal, cuando se intenta alterar el orden legal, por procedimientos no establecidos en la propia ley, se puede tipificar como rebelión o sedición.
Rebelión = violencia.
Sedición = tumulto.
El reconocimiento unilateral solo se da en dos Constituciones del mundo, Etiopía y San Cristóbal y Nieves.
Actualmente, solo hay tres resoluciones genéricas de las Naciones Unidas diciendo que no se puede reconocer una secesión unilateral, salvo los supuestos de: colonias, territorios ocupados y territorios donde se niegan los derechos a los ciudadanos, y hay una muy específica sobre el referéndum en Crimea y Sebastopol diciendo: “una secesión unilateral, una declaración unilateral de independencia no tiene efectos jurídicos, y la Unión Europea tiene un artículo 4 del tratado de la unión, que dice que la organización territorial corresponde a los estados miembros de la UE.”
Sin embargo y como muchos recordaran, el 1 de octubre es una fecha doblemente señalada en la historia de España, ya que, además del evento más reciente, en 1975 marcó otro de los episodios violentos de los que este país ha sido testigo. Me estoy refiriendo - para aquellos que todavía no hayan caído en la cuenta, o no tengan conocimiento de ello – al atentado perpetrado en Madrid por el GRAPO contra cuatro miembros de la Policía Armada. El GRAPO - cuyas siglas se corresponden con Grupo Revolucionario Antifascista Primero de Octubre, en clara alusión a su atentado más famoso – es considerado tanto por España como por la Unión Europea y el Departamento de Estado de los Estados Unidos, como un grupo terrorista.
Esta clase de actos contra la vida – el asesinato de Joaquín Alonso Bajo, Agustín Ginés Navarro, Antonio Fernández Ferreiro y Miguel Castilla Martín – son los que, en mi humilde opinión, no deben ser olvidados; pues como dijera Nicolás Avellaneda, un presidente de la República Argentina, “los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla”.
Desde 1978, vivimos en un Estado de derecho, donde el conjunto de los españoles tiene garantizados una serie de derechos, pero también exigidas una serie de obligaciones. No obstante, parece que a lo que a obligaciones se refiere, algunos gobernantes intentan evadirlas. Cualquiera que tenga la oportunidad de leer el artículo 2 de la Constitución Española (“La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”) podrá entender que, siendo contrario a este precepto el fin perseguido por el referéndum, y dada la inexistencia de leyes que sostengan la legalidad del mismo, el referéndum celebrado en Cataluña es ilegal, inconstitucional. Sin hablar de la absoluta falta de observancia de las garantías y principios básicos de la democracia como el de “una persona, un voto”.
En resumidas cuentas, el Art.2 de nuestra la Carta Magna, nos permite entender por qué este referéndum, que ni es consultivo, ni es nada (salvo papel mojado), no se puede realizar. En este sentido, la Constitución tiene como fundamento proteger al Estado de derecho y a los que lo conformamos. Por ello, si se debe aplicar algunos artículos como el artículo 155, no debería de temblarle la mano a nuestros dirigentes, porque para eso está.
Una vez explicado esto, es necesario dar algunas razones por las que Cataluña, en su huida hacia adelante, siempre fracasa en su independencia. En primer lugar, el fútbol. El deporte rey sería su propia Quimera. El Camp Nou, estadio donde juega uno de los equipos locales de la ciudad condal, ha tergiversado los mensajes como ''Més Que Un Club'' escrito en sus gradas, para referirse al mismo como un club de futbol asentado en los valores de la política nacionalista (hoy, independentista catalana), cuando el lema fue dicho por primera vez por el presidente 32° del Fútbol Club Barcelona, Don Narcís de Carreras, conocido en la época como un hombre que apoyaba el régimen de entonces.
En el caso de una hipotética independencia, el Futbol Club Barcelona tendría altas probabilidades de desaparecer debido a que ya no jugaría en ninguna gran liga ni contra ningún gran club, por no permitirlo así la UEFA, organismo que rige las competiciones europeas. El desenlace, tanto para el futbol europeo como para La Liga de futbol española, sería bastante trágico Por tanto, al no poder pagar a sus jugadores, por la falta de ingresos, el Club estaría abocado a mal venderlos y a jugar una Liga regional.
Si Cataluña se hubiera independizado hace veinte años, por poner un ejemplo, las consecuencias económicas no habrían sido de estas dimensiones. pero hoy en día, con una moneda única para la mayor parte de los Estados de la Unión Europea, sin fronteras y facilidades para el trafico de mercancías y personas, donde lo que se busca es importar y exportar más fácilmente entre los países miembros, para ser más competitivos y que el precio final sea lo más barato posibles para el consumidor final, por lo que sería un grave problema para Cataluña, que perderían su condición de pertenecer a la UE.
La UE no decide sobre posibles mutaciones de los territorios nacionales, para ella no existen territorios sino Estados miembros. Por tanto, hasta que la región escindida no se constituya como Estado y cumpla con las condiciones exigidas para ello, no podría ser miembro de la UE. Estas condiciones, que se conocen como “criterios de Copenhague”, consisten en: economía de mercado, una democracia estable, Estado de Derecho y la aceptación de toda la legislación de la UE, incluida la relativa al euro (junto con el voto a favor de cada uno de los Estados miembros, incluyendo a España). Por lo que es un proceso largo, que puede, no solo durar años, si no décadas.
El precio de la independencia para Cataluña está siendo carísimo. Durante el segundo trimestre de 2018 se registraron 595 cambios de domicilio social de compañías de la Generalidad, un 234% más que en el mismo periodo del año pasado, según datos del estudio sobre cambios de domicilio elaborado por Informa D&B.
Las consecuencias de esta ilusión tan descabellada si se hace un análisis más incisivo, además de lo ya comentado, estos serían los más relevantes a tener en cuenta para entender mejor el precio de esta ilusión:
-Moneda. Si creará una nueva moneda tendría que crear un Banco Central, lo que conllevaría un coste aproximado de 100.000 millones de euros, provocando un empobrecimiento en la población. En el supuesto de no crear una moneda, podría subsistir con el Euro, pero al no pertenecer a ningún sistema monetario, no tendrían margen de maniobra. En el caso de tener que acudir a los mercados a ofrecer su deuda, no tendrían moneda que les respaldara.
-Efecto frontera y la deslocalización: esto afectaría gravemente a su economía y tendría un fuerte impacto en el crecimiento, el empleo, las finanzas públicas y el sistema bancario. Los flujos comerciales con España se estiman que se contraerían en un 45%, las exportaciones se encarecerían entorno al 45% y con el resto de países de U.E. un 25%.
-Perdida de poder adquisitivo: al nuevo Estado le costaría remontar esta ilusión política, sin ir más lejos y siendo optimistas, entorno a veinte años. Esto supondría un estancamiento de la economía catalana, lo que provocaría la desinversión en el nuevo Estado, y como consecuencia, generando un empobrecimiento inimaginable con corralitos como los que ya se han vivido en Argentina y, sobre todo, en Grecia muy recientemente.
-Inversión Extranjera Directa. Esta sería la espada de Damocles del nuevo Estado, ya que una desinversión y descentralización de las industrias en Cataluña, le llevaría a la bancarrota total. Pensiones: Cataluña no tiene una hucha como el Estado español, lo que significa que tendría que crear su propio sistema. Esto se plantea como un coste impagable y una situación insostenible.
-Embajadas y consulados: cualquier Estado o Nación que quiera formar parte de la Convención de Viena, tiene que tener una representación con su correspondiente Jefe de Misión en el exterior -aparte de sus correspondientes oficinas consulares- lo cual dispararía los gastos para cualquier nuevo Estado y más aún, si no tiene respaldo su moneda.
En definitiva, según los datos analizados y estudiados, el coste de un nuevo Estado catalán sería catastrófico, tanto para España como para Cataluña. Considero que, o lo que de verdad importa a los catalanes es tener un empleo, llegar a fin de mes, educar a sus hijos y no perder poder adquisitivo.
07-06-2024 8:41 a.m.
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13-05-2015 10:04 a.m.
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