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El ingreso mínimo vital. Qué es, cómo se solicita, quién puede cobrarlo

05-06-2020 9:33 a.m.

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El IMV es una nueva prestación no contributiva de la Seguridad Social que nace con el objetivo de ser concedida a 850.000 hogares en situación de pobreza extrema, estimados en 2,3 millones de personas que necesitan una ayuda básica para la supervivencia

 ¿Qué es la renta mínima?
El nombre oficial es Ingreso Mínimo Vital (IMV) y se trata de una prestación mensual para los hogares en riesgo de pobreza que corre a cargo de la Seguridad Social.

El Ministerio aclara que la medida se suma a nuestro sistema de protección social y no será una medida transitoria”.

El IMV cubrirá la diferencia entre los ingresos familiares, y el umbral fijado para ese tipo de hogar denominado “renta garantizada.

¿Y qué importe tiene?
El importe de esta renta mínima oscila entre los 461,5 euros para un adulto que viva solo y los 1.015 euros para hogares de cinco miembros dos adultos con tres hijos o tres adultos y dos niños.

La cuantía inicial se amplía en 139 euros por persona adicional.

En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tienen un complemento de 100 euros.

Para el ejercicio 2020, la cuantía anual de renta garantizada en el caso de un beneficiario individual asciende a 5.538 euros.

Hogares a los que beneficiará
El Gobierno hizo una estimación inicial de un millón de hogares que luego rebajó a 850.000 en los que viven 2,3 millones de personas.

La Seguridad Social calcula que unos 550.000 hogares padecen pobreza extrema en España, es decir, viven con menos de 230 euros al mes. El IMV pretende sacar de esa situación al 80 % de esas familias.

¿Cuáles son los requisitos?
Para solicitar la renta mínima es necesario ser residente en España, tener entre 23 y 65 años, haber vivido al menos tres años de forma independiente y cotizado un año a la Seguridad Social. Lo pueden cobrar personas de 18 años con hijos a cargo que lleven un año de residencia legal en España.

Los requisitos son más flexibles para las mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual. Los perceptores deberán hacer la declaración de la renta y solo podrán ausentarse de España durante 15 días sin comunicación previa.

¿Qué ingresos son los sirven de referencia?
De forma general, el cálculo se realizará sobre los ingresos del año anterior.Ingreso mínimo vital quien puede

En este ejercicio, como la crisis sanitaria ha provocado un empobrecimiento súbito de muchas familias, se podrá acceder al IMV con una declaración responsable si la proyección de ingresos anuales cae por debajo del umbral de renta garantizada.

No se tendrán en cuenta las ayudas económicas públicas finalistas que hayan sido concedidas para cubrir una necesidad específica (becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares).

¿Puedo trabajar y cobrar la renta mínima?
Sí, el empleo es compatible con el ingreso mínimo vital durante un tiempo, pero el Ministerio de Seguridad Social aún no ha detallado los plazos. La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.

Si me independizo para ir a la Universidad ¿puedo cobrarla?
No, uno de los requisitos es tener más de 23 años y haber cotizado al menos un año por lo que no pueden pedirla de forma indiscriminada todos los estudiantes universitarios españoles que estudien fuera de casa.

Eso sí, los beneficiarios a quienes se reconozca dicha condición entre junio y diciembre no pagarán los precios públicos por servicios académicos universitarios para cursar estudios oficiales durante el curso 2020-2021.

¿Cuándo se solicita y se cobra la prestación?
Se podrá solicitar a partir del 15 de junio, el real decreto ha entrado en vigor hoy lunes 1 de junio.

El Ejecutivo se ha comprometido a qué se cobre en el mes de junio, a medida que vayan llegando las solicitudes y se pretende que alcance de manera inmediata a 100.000 familias necesitadas que ya están cobrando la prestación por hijos a cargo.

¿Cómo se cobrará el ingreso mínimo vital?
En un principio se barajó un cobro trimestral, pero finalmente se abonará de forma mensual en 12 pagas mediante una transferencia bancaria.

Todas las solicitudes que se cursen desde ahora hasta el 15 de septiembre se cobrarán con carácter retroactivo desde el 1 de junio.

¿Dónde se pide la renta mínima?
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha explicado que el acceso a la prestación será multicanal para facilitar que llegue a las familias más necesitadas porque un porcentaje significativo no la piden por su situación de marginalidad.

Los beneficiarios pueden hacer la solicitud en la página de internet del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con una aplicación en el móvil o enviando la documentación por correo ordinario.

Habrá un teléfono 900 y un asistente virtual, pero también colaboran los ayuntamientos que firmen un convenio.

¿Se eliminan otras ayudas estatales?
Sí, así es. Se reordenan las ayudas estatales cuyos objetivos se solapan con los del IMV.

Se elimina la actual prestación de la Seguridad Social por hijo o menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.

¿Cómo se evalúa el IMV?
El resultado del ingreso mínimo vital y de las distintas estrategias y políticas de inclusión será evaluado anualmente por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, que emitirá una opinión.

Se crea también una comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital para cooperar con las autonomías y entidades locales, así como un consejo consultivo, como órgano de consulta y participación con las entidades del tercer sector y las organizaciones sindicales y empresariales.

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