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Por José Luis García Castañeda
Creíamos que el Consejo General del Poder Judicial había reaccionado. Que se retomaba la actividad judicial. Lo parecía porque el Consejo ha emitido una Nota de Prensa diciéndonos que, a partir del próximo día 15 de abril, podrá presentarse cualquier escrito, del tipo que sea, por la pasarela telemática existente en cada comunidad autónoma.
Pero no hagamos sonar las campanas. Por eso decimos que parecía que había reaccionado. Inmediatamente, en esa Nota de Prensa, el Consejo nos informa de que la tramitación de lo que se pida en esos escritos, quedará suspendida en el momento en que esta dé lugar a una actuación procesal que abra un plazo, salvo que se trate de actuaciones declaradas esenciales.
Es decir, podemos presentar escritos, pero no se tramitará actuación procesal alguna, salvo que se trate de esas actuaciones esenciales. Si, por ejemplo, presento una demanda, del tipo que sea, no se tramitará porque tendría que darse traslado telemático al demandado y, claro, eso es una actuación procesal y se supone que afecta al control de la pandemia. No sabemos porqué, pero esa actuación procesal está prohibida. El traslado telemático de escritos produce contagios…
En definitiva, muchas medidas podrían hacer que la vuelta a la normalidad, evitaran o minimizaran el colapso que se va a producir en la Justicia, cuando volvamos a la normalidad. Pero, esta última decisión en nada ayuda. Será igual presentar esos escritos ahora o el día en que se abran de nuevo los Juzgados. Siguen cerrados. Seguiremos esperando el colapso de nuestra Justicia. Como antes. Y sino, al tiempo.
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