Ayer se aprobaron en el BOCM las medidas que entrarán en vigor en toda la Comunidad de Madrid esta noche a partir de las 00:00:
1. Todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al público en la Comunidad de Madrid tendrán como hora de cierre las 21:00 horas, quedando exceptuados los establecimientos farmacéuticos, centros y establecimientos sanitarios, centros y servicios de carácter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automoción y otros considerados esenciales, entendiéndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.
2. La limitación horaria recogida en el punto anterior no será de aplicación a actividades institucionales y laborales que se desarrollen en dependencias que no se encuentren abiertas al público.
3. En los establecimientos de hostelería y restauración la ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre, debiendo cesar su actividad a las 21:00 horas.
A partir de esa hora podrán realizar, exclusivamente, servicios de entrega a domicilio, hasta las 00:00 horas.
4. El aforo de los espacios de ocio ubicados en centros comerciales se limita al cincuenta por ciento.
5. Lo dispuesto en el presente apartado surtirá efectos hasta las 00:00 horas del 15 de febrero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja.
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