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Las cantidades variarán, desde 2.000 hasta 8.000 euros, dependiendo del número de empleados a su cargo
El Ayuntamiento de Las Rozas aprobó, en una Junta de Gobierno extraordinaria y urgente, las Bases para el otorgamiento de ayudas al tejido empresarial de Las Rozas de Madrid para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, en el contexto de la emergencia socio-económica provocada por la crisis sanitaria del coronavirus y las medidas decretadas de confinamiento y suspensión de actividades. Este es el primer paquete de ayudas, dentro del Plan de Recuperación Económica, destinadas a paliar los efectos de la crisis del COVID-19 en PYMES y autónomos del municipio. Así, una vez que se haya publicado en el BOCAM y en la Base Nacional de Subvenciones, se podrán consultar las bases y entregar las solicitudes para acceder a estas ayudas, dotadas inicialmente con 3 millones de euros.
El alcalde de Las Rozas, José de la Uz, señaló que “lo más importante de este paquete es que llegue cuanto antes a las PYMES y autónomos de nuestro municipio para ayudarles en estos momentos, que están siendo tan difíciles para muchos de ellos. Por eso era imprescindible que desde el Ayuntamiento agilizáramos todo lo posible los trámites administrativos”, apuntó. “Desde las administraciones, y en este caso desde el Gobierno municipal, tenemos que poner en marcha las medidas necesarias para intentar conservar el mayor número de puestos de trabajo, y para salvar el tejido económico, comercial y empresarial porque es uno de los grandes activos de nuestra ciudad y de nuestro país”, concluyó De la Uz.
Requisitos para la concesión
Las ayudas están destinadas a microempresas, pequeñas empresas y personas físicas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas como actividad empresarial, que ejerzan su actividad empresarial en Las Rozas. La cuantía dependerá del número de trabajadores del solicitante, y podrá ser desde un mínimo de 2.000 euros para un empresario autónomo individual o microempresas con un solo trabajador hasta un máximo de 8.000 euros para autónomos y pequeñas empresas con un número de empleados comprendido entre 10 y 25.
El 80% de las mismas deberá destinarse a gastos inherentes a la actividad, funcionamiento y mantenimiento de la empresa, como el alquiler o gastos hipotecarios, digitalización del negocio, nóminas, marketing y publicidad, mantenimiento y reformas del local, suministros o materias primas, etc.
Además, se deberá mantener la actividad empresarial durante 12 meses, como mínimo, desde la de concesión de la subvención. Y en el caso de tener a su cargo trabajadores, deberá mantener como mínimo un 75% de la plantilla declarada en el momento que se presentó la solicitud.
Las bases de estas ayudas ya han sido remitidas para su publicación en el BOCAM y la Base Nacional de Subvenciones. A partir del momento en que sean publicadas, es de esperar que en el plazo aproximado de una semana, se podrán consultar en la web municipal y se abrirá el plazo de entrega de solicitudes. Éstas se deberán remitir de forma telemática, y en el caso de que se levanten las actuales restricciones se podrán presentar también a través del registro presencial.
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